El IVA de los comisionistas

Es un tema que no es especialmente complicado, aunque genera siempre
mucho debate en clase. Vamos a intentar analizarlo de forma sistemática para
arrojar luz en esta materia.

La comisión es un contrato por el cual una persona se dirige a otra
para generar una obligación por cuenta de un tercero. Para que este contrato
sea mercantil, exige el Código de Comercio que su objeto sea un acto de
comercio y que sea comerciante o agente mediador de comercio el comitente o el
comisionista.

A efectos de analizar la fiscalidad de las operaciones de
intermediación a efectos de IVA las comisiones pueden dividirse en dos grupos:
 

 

Tipo de operación

Venta

Compra

Por cuenta
ajena

Prestación
de servicios

El comisionista
intermedia en la venta de mercancías del comitente. Vendedor

El comisionista
intermedia en la compra de mercancías del comitente. Comprador

En nombre
propio

Entrega
de bienes

El
comisionista asume el riesgo de la operación y adquiere las mercancías.

El
comisionista asume el riesgo de la operación y adquiere las mercancías.

Intermediación por cuenta ajena:


El comitente puede ser el que quiere vender
o el que quiere compra, pero en cualquier caso la operación entre el comitente
y comisionista será siempre una prestación de servicios.

La operación de comisión está sujeta al
IVA, debiendo el comisionista emitir factura con IVA, en la que la base
imponible será la comisión pactada a la que se le aplicará el tipo impositivo
general del 21% y el devengo se producirá cuando se lleven a cabo las
operaciones.

Ejemplo:

La
empresa XSA tiene un stock de mercancías que pretende vender lo antes posible.
Contacta con D. Antonio para que busque clientes ofreciéndole una comisión del 3%.
D. Antonio llega a un acuerdo con la empresa YSA mediante la que le comprará un
cargamento de mercancías por un importe de 100.000 €.

La base
imponible de la operación de venta será de 100.000 a la que aplicará el IVA que
corresponda según la naturaleza de los bienes.

La base
imponible de la operación de comisión será de 3.000 a la que aplicaremos el
tipo del 21%.

Intermediación en nombre propio:

En este caso nos encontramos ante dos
operaciones distintas
que, en ambos casos, constituyen entrega de bienes:

  1. La entrega entre el
    comitente y el comisionista.
  1. La entrega final al
    cliente (comisión de venta) o del proveedor (comisión de compra).

En este tipo de comisiones vamos a
encontrar especialidades tanto en el momento del devengo como en el cálculo de la
base imponible.

Veamos esas especialidades

 

 

Devengo

Base Imponible

Entre Comitente y comisionista

Entre Comisionista y comprador

Comisión de venta

En el momento en que el
comisionista efectúe la entrega
de los respectivos bienes al comprador

Precio de venta menos comisión

Precio de venta

Comisión de compra

En el momento en que al
comisionista le sean entregados
los bienes a que se refieran.

Precio de venta

Precio de venta más comisión pactada.

 

Ejemplo de comisión
de venta por cuenta propia

La
empresa XSA tiene un stock de mercancías que pretende vender lo antes posible.
Contacta con D. Antonio para que busque clientes ofreciéndole una comisión del 3%.
D. Antonio llega a un acuerdo con la empresa YSA mediante la que le comprará un
cargamento de mercancías por un importe de 100.000 €. (igual que el anterior)

Conocedor
D. Antonio que XSA ha propuesto a más agentes comerciales la misma operación,
decide asumir el riesgo de la operación y contrata en firme la adquisición de
las mercancías con indicación de que la remita a YSA.

·  La base imponible de la operación entre comisionista
y comitente será de 100.000 menos el importe de la comisión, es decir 97.000 €,
a la que se aplicará el IVA que corresponda según la naturaleza de los bienes.

·  La base imponible de la operación entre comisionista
y comprador será de 100.000, a la que se aplicará el IVA que corresponda según
la naturaleza de los bienes.

En ambas
operaciones el devengo se producirá en el momento de la entrega de los bienes a
YSA.

 

Ejemplo de comisión
de compra por cuenta propia

La
empresa ASA necesita adquirir una serie de mercancías lo antes posible.
Contacta con D. Antonio, al igual que con otros comisionistas, para que busque esas
mercancías entre los proveedores de la zona, ofreciéndole una comisión del 3%. D.
Antonio llega a un acuerdo con la empresa BSA fabricante de los materiales que
ASA necesita.

Conocedor
D. Antonio que ASA ha propuesto a más agentes comerciales la misma operación,
decide asumir el riesgo de la operación y contrata en firme la adquisición de
las mercancías a BSA con indicación de que la remita a ASA.

·  La base imponible de la operación entre comisionista
y fabricante será de 100.000, a la que se aplicará el IVA que corresponda según
la naturaleza de los bienes.

·   La base imponible de la operación entre comisionista
y comitente (comprador) será de 100.000 más el importe de la comisión, es decir
103.000 €, a la que se aplicará el IVA que corresponda según la naturaleza de
los bienes.

En ambas
operaciones el devengo se producirá en el momento de la entrega de los bienes a
D. Antonio por parte de BSA.

 

 

 

 

 

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