¿Qué sería de la Agencia Tributaria
sin sus modelos?
Es necesario un conocimiento mínimo de estos. Aquí tenéis los
fundamentales:
Modelo |
Área |
Causa de presentación |
Tipo de declaración |
01 |
Certificados |
Solicitud de Certificados |
Modelo normalizado |
030 |
Censos |
Declaración censal, cambio de domicilio y/o de |
Declaración |
036 / 037 |
Censos |
Declaración de alta, modificación y |
Declaración |
100 |
IRPF |
IRPF |
Autoliquidación |
111 |
IRPF |
Retenciones e ingresos a cuenta |
Autoliquidación |
115 |
IRPF |
Retenciones arrendamiento de inmuebles urbanos |
Autoliquidación |
|
IRPF |
Pago fraccionado |
Autoliquidación |
145 |
IRPF |
Retenciones. Comunicación de datos al pagador |
Modelo normalizado |
180 |
IRPF |
Retenciones del arrendamiento de |
Declaración Informativa |
181 |
IRPF |
Préstamos y créditos relacionadas con bienes |
Declaración Informativa |
182 |
IRPF |
Donativos, donaciones y aportaciones |
Declaración Informativa |
184 |
IRPF |
Entidades en régimen de atribución de rentas |
Declaración Informativa |
190 |
IRPF |
Retenciones e ingresos a cuenta. |
Declaración Informativa |
200 |
Sociedades |
Impuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación |
Declaración liquidación |
202 |
Sociedades |
Impuesto Sociedades. Pago fraccionado |
Autoliquidación |
210 |
No Residentes |
Impuesto sobre la Renta de no Residentes. |
Autoliquidación |
211 |
No Residentes |
Impuesto sobre la Renta de no |
Autoliquidación |
303 |
IVA |
Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación. |
Autoliquidación |
309 |
IVA |
Declaración-Liquidación no periódica |
Autoliquidación |
347 |
IVA |
Declaración anual operaciones con terceras personas |
Declaración Informativa |
349 |
IVA |
Declaración recapitulativa de |
Declaración Informativa |
390 |
IVA |
Declaración resumen anual |
Declaración Resumen anual |
720 |
Bienes en el extranjero |
Declaración sobre bienes y derechos |
Declaración Informativa |
840 |
IAE |
Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas. |
Autoliquidación |
A parte de habituarnos a conocerlos
para poder mencionarlos, es fundamental saber cuándo han de
presentarse de cara a
múltiples factores que nos pueden aparecer en los supuestos como pueden ser:
- Inicio
del plazo de devolución. Siempre cae algo.
- Inicio
del cómputo del plazo para los ingresos fuera de plazo y la aplicación de los
recargos del artículo 27.
- Cálculo
de los intereses de demora en liquidaciones tanto de gestión como de
inspección.
- Cambios
en las opciones que han de ejercitarse con la presentación y que sólo pueden
modificarse en plazo reglamentario.
Para ayudar a su memorización
utilizaremos esta línea del tiempo.
Como podéis ver en este gráfico, los
cuartos trimestres se presentan una vez finalizado el año natural. Eso nos
tiene que poner sobre aviso en algunas preguntas. Por ejemplo, si nos preguntan
las obligaciones que tiene que cumplir un contribuyente persona física sujeto a
IRPF e IVA, respecto al ejercicio 20X1 la respuesta será totalmente distinta a
si nos preguntan sobre las obligaciones durante el año natural 20X1.
Ejercicio |
Año |
|||
|
|
Modelo Modelo |
1 al 30 |
|
|
|
Modelo 347/X0 |
1 a 28 febrero 20X1 |
|
Modelo |
1 al 20 |
Modelo |
1 al 20 |
|
|
|
Declaración IRPF 20X0 |
1/04 a 30/06 20X1 |
|
Modelo |
1 al 20 |
Modelo |
1 al 20 |
|
Modelo |
1 al 20 octubre 20X1 |
Modelo 3T/X1 130 y 303 |
1 al 20 octubre 20X1 |
|
Modelo Modelo |
1 al 30 |
|
|
|
Modelo 347 / 20X1 |
1 a 28 febrero 20X2 |
|
|
|
Declaración |
1/04 a |
|
|
|
De forma muy gráfica vemos que los
datos referidos a un ejercicio fiscal se presentan durante el año natural de
ese ejercicio sólo en relación a los tres primeros trimestres del ejercicio
mientras que los cuartos trimestres y las declaraciones anuales de un ejercicio
se presentan siempre en el año natural siguiente.
Por simplicidad he hecho abstracción
de las autoliquidaciones mensuales que normalmente se presentan entre el 1 y el
20 del mes siguiente.
Como siempre,
Espero que os ayude